Comunicado de apoyo a la Sentencia T-583/23 de la Corte Constitucional

Manifestamos nuestro respaldo y agradecimiento a la Corte Constitucional por emitir una sentencia que refuerza y protege el derecho al cuidado, contribuyendo así a la construcción de una Colombia más equitativa, justa y solidaria.

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Teniendo en cuenta las desigualdades estructurales entre mujeres y hombres, y la sobrecarga de trabajo de cuidado no remunerado que recae sobre las mujeres, las organizaciones de la sociedad civil representadas en la MIEC a través del presente comunicado, manifestamos nuestro apoyo a la Sentencia T-583/23 emitida por la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, en la cual se enfatiza el derecho al cuidado como un elemento fundamental para la vida digna y el bienestar integral de las personas e instamos a las instituciones pertinentes a elevar estos avances al orden constitucional para que se garantice el derecho a cuidar y a ser cuidado/a en Colombia.

Valoramos y respaldamos la importancia que esta sentencia otorga 1) El reconocimiento del cuidado como un derecho fundamental; 2) Derecho a ser cuidado, 3) Derechos de las cuidadoras y los cuidadores y 4) La construcción de un Sistema Integral de Cuidado.

La Sentencia T-583/23 reconoce que el cuidado como un derecho fundamental que no se limita únicamente a la atención de necesidades básicas de las personas con discapacidad, sino que abarca la garantía de una vida digna, el respeto a la autonomía y a promoción del bienestar físico, emocional y social de todas las personas, especialmente de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Destacamos que la Sentencia T-583/23 haga énfasis en la obligación del Estado de garantizar el acceso a políticas públicas que promuevan el cuidado y protejan a las personas que requieren cuidados y a las personas trabajadoras del cuidado, remunerado y no remunerado, brindando los espacios, recursos y apoyos necesarios para su bienestar. Este reconocimiento es fundamental para generar condiciones propicias que permitan conciliar la vida personal, familiar y laboral de las personas que asumen el cuidado cotidiano.

Resaltamos la necesidad de que la Sentencia T-583/23 sea difundida y conocida ampliamente, a fin de que todas las personas e instituciones en Colombia sean conscientes de sus derechos y responsabilidades en relación con el cuidado. Esto se alinea con los esfuerzos que las organizaciones que integran la MIEC han promovido para fomentar el reconocimiento de la economía del cuidado y la responsabilidad compartida entre el Estado, la comunidad y las familias para la construcción de una sociedad más justa y equitativa; sumado al reconocimiento de los derechos de las mujeres que realizan trabajos de cuidado no remunerado en la cotidianidad de los hogares y que contribuyen de manera significativa a la reproducción social y bienestar de las personas.

Manifestamos nuestro respaldo y agradecimiento a la Corte Constitucional por emitir una sentencia que refuerza y protege el derecho al cuidado, contribuyendo así a la construcción de una Colombia más equitativa, justa y solidaria.

Atentamente,
Mesa Intersectorial de Economía del Cuidado-MIEC-

Febrero de 2024
Bogotá D.C.